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EuskoTren garantiza la prestación de los servicios esenciales fijados para el miércoles 20 de Abril 

El Comité Permanente de la empresa ha convocado una huelga para el 20 de Abril, en las horas siguientes: de 8:00 a 9:00 h. de la mañana; y de 17:00 a 18:00 h. de la tarde.

EuskoTren garantizará y prestará los servicios esenciales de Trenes, Autobuses, Tranvías y Funicular fijados por el Departamento de Empleo y Asuntos Sociales del Gobierno Vasco para la huelga del próximo miércoles, 20 de Abril, convocada por el Comité Permanente de la empresa en las horas siguientes: de 8:00 a 9:00 h. de la mañana; y de 17:00 a 18:00 h. de la tarde. El resto de la jornada funcionará el servicio habitual de días laborables.

Los servicios mínimos fijados por el Gobierno Vasco para las horas de huelga mencionadas son los siguientes:

• Entre las 8:00 y las 9:00 horas de la mañana se mantendrá un número de servicios de trenes, funiculares y autobuses equivalentes al 30% del servicio habitual.

• Entre las 17:00 y las 18:00 horas de la tarde el porcentaje de dichos servicios será el 20% del servicio habitual.

• En ambos casos, el porcentaje se refiere al servicio ordinario que se realiza en días laborables, atendiendo especialmente los horarios de entrada y salida de los centros de trabajo. También se tiene en cuenta la existencia o no de transporte alternativo.

Los servicios esenciales aprobados por el Gobierno Vasco derivan de las libertades, derechos o bienes constitucionalmente protegidos. En la determinación de los mismos se ha tenido en cuenta el carácter “esencial” que revisten los servicios públicos de EuskoTren, toda vez que la huelga afecta de manera sustancial el derecho de la ciudadanía a la libre circulación en condiciones de seguridad, tal como señala la Constitución.

Durante el ejercicio de la huelga convocada, mediante el establecimiento de servicios mínimos, se garantiza el desplazamiento de las personas a los centros sanitarios, los centros de enseñanza, los puestos de trabajo y a los centros de gestión administrativa pública que posibiliten el ejercicio de los derechos fundamentales a ellas reconocidas y que posibilita de forma básica la libre circulación reconocida en el artículo 19 de la Constitución.

En la determinación de los servicios mínimos se han tenido en cuenta factores como los siguientes: la afluencia y tipología socioeconómica de las personas usuarias, las áreas de destino de los trayectos, con especial interés en hospitales y centros sanitarios, la existencia o no de medios alternativos de transporte a los prestados por la empresa, así como las frecuencias y complementariedad de las líneas de transportes.

Las personas clientes de EuskoTren pueden consultar los servicios mínimos fijados para la huelga convocada entre las 8 y las 9 de la mañana, y entre las 17 y 18 horas de la tarde del miércoles 20 de Abril en las estaciones, apeaderos, paradas del tranvía e interior de los autobuses. También disponen de información en el teléfono 902 543 210 y en la página web www.euskotren.es.


por jagt
Lecturas: 353 | Publicado: 19/04/2011 - 07:27



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